
Entrada en vigor de la Ley 5/2025, de 24 de julio

El pasado 26 de julio entró en vigor la Ley 5/2025, de 24 de julio, la cual introduce una serie de modificaciones en el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y en la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, si bien en ciertas cuestiones otorga un plazo transitorio de seis meses para su aplicación, no entrando en vigor plenamente hasta enero de 2026.
La principal novedad es la ampliación de la cobertura del seguro obligatorio a vehículos agrarios e industriales, así como a los vehículos personales ligeros, como los patinetes eléctricos. También actualiza el baremo, aumentando considerablemente las indemnizaciones establecidas para determinadas cuestiones, con especial hincapié en las secuelas psicológicas o el lucro cesante.
Igualmente, incorpora medidas para agilizar los procesos extrajudiciales, la obligación de la aseguradora de acompañar el informe médico pericial a toda oferta motivada y el acceso gratuito a los atestados, así como el establecimiento de mecanismos para que el Consorcio de Compensación de Seguros cubra los daños causados por vehículos de aseguradoras en liquidación o de otros estados miembros.
En definitiva, tiene por objeto trasponer al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2021/2118 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2021, con objeto de ampliar las coberturas y proteger aún más a las víctimas de accidentes de circulación, de conformidad con la jurisprudencia del TJUE.